Los Desahucios de propiedades inmuebles
- chrislopezrios
- 27 jun 2023
- 2 Min. de lectura
El desahucio es el proceso judicial en el cual el dueño de una propiedad, o una persona que tenga derecho a ella, le solicita al Tribunal que emita una orden contra la persona que ocupa dicha propiedad para que la desaloje. Estos procesos son rápidos, lo que significa que los términos de cada etapa son cortos. Por su parte, las personas que no son dueños de las propiedades que ocupan podrían enfrentarse a un proceso de desahucio. A pesar de lo anterior, es importante conocer que hay un proceso judicial que debe llevarse a cabo antes de que alguien deba desalojar una propiedad.
Primeramente, es ilegal que el dueño de una propiedad saque el inquilino por la fuerza. El dueño del inmueble tendrá que presentar una demanda ante el Tribunal y obtener una sentencia su favor para que se lleve a cabo el proceso de desahucio.
El dueño de la propiedad, su representante o cualquier persona con derecho a poseer o estar físicamente en la propiedad, puede solicitar un desahucio cuando ocurra alguno de los siguientes eventos:
Falta del pago de la renta, según acordado entre las partes;
Incumplimiento de alguna cláusula del contrato;
Incumplimiento de un contrato federal, como por ejemplo, los contratos de subsidios de HUD (U.S. Department of Housing and Urban Development).
Como consecuencia de una demanda de desahucio, el Tribunal podrá ordenar que una persona abandone la propiedad. De la misma manera, se podrá presentar una reclamación de cobro de dinero de los cánones de arrendamiento adeudados junto a la demanda de desahucio. Sin embargo, no se podrán incluir en la demanda de desahucio reclamaciones de mejoras a la propiedad, entre otras alegaciones.
Una vez se presenta la demanda de desahucio, la Secretaría del Tribunal señalará una vista dentro de los siguientes diez (10) días laborables. Si la demandada no comparece a la vista, se entenderá que renunció a presentar cualquier defensa a su favor y el Tribunal le anotará la rebeldía, lo que significa que el caso continuará sin su presencia. De la misma manera, la decisión que tome el Tribunal cuando se le anote la rebeldía a una parte obligará al demandado que no compareció al juicio.
Finalmente, cuando el Tribunal emita y notifique una Sentencia, la parte que no esté de acuerdo con la decisión tendrá cinco (5) días para apelarla ante el Tribunal de Apelaciones. Si pasan estos cinco (5) días sin que ninguna de las partes presente una apelación, se entenderá que la sentencia es final y, de haberse determinado un desahucio, el demandante podrá solicitar una orden de lanzamiento o desalojo. A su vez, si una parte decide apelar la sentencia de desahucio, tendrá que pagar una fianza para cubrir cualquier asunto que surja mientras el tribunal apelativo resuelva la apelación.
Para información adicional, puede comunicarse con nosotros al 787-245-0536 o a clopez@lopezrioslaw.com
Comments