Las reclamaciones judiciales en cobro de dinero son un proceso judicial en el cual el demandante -persona que alega se le adeuda alguna cantidad de dinero y presenta una demanda ante el Tribunal- solicita se le devuelva lo adeudado. Por su parte, existen dos tipos de demandas de cobro de dinero en Puerto Rico: 1. reclamaciones al amparo de la Regla 60 de Procedimiento Civil; y 2. reclamaciones en cobro de dinero bajo el procedimiento ordinario.
En cuánto una reclamación de cobro de dinero al amparo de la Regla 60 de Procedimiento Civil, este es un procedimiento rápido al cual se puede acoger el demandante, siempre y cuando la suma de dinero adeudado, sin incluir los intereses y honorarios de abogado, sea de $15,000 o menos. Por su parte, una reclamación en cobro de dinero bajo el procedimiento ordinario se llevará acabo cuando la cantidad reclamada ser mayor a $15,000 o, siendo la deuda menor de $15,000, el demandado cuestione la cantidad de la misma. Una reclamación en cobro de dinero bajo el procedimiento ordinario será un proceso más extenso que una reclamación en cobro de dinero bajo la Regla 60 de Procedimiento Civil.
Finalmente, de tramitarse el proceso de cobro de dinero bajo la Regla 60, el demandante será responsable de diligenciar la notificación-citación, con copia de la Demanda, dentro de los 10 días de presentada la misma mediante entrega personal o por correo certificado.
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